jueves, 21 de mayo de 2009

DEFENSA Y PROTECCION DE LA FAUNA SILVESTRE

La Ley 4855/95 : Declara de interés público provincial la fauna silvestre entendiendo por ello su protección, restauración, control y aprovechamiento racional.

La Subsecretaría del Ambiente –Organismo Provincial Competente-, emitió dos Disposiciones (Nº 055 y 056 de fecha 12 y 13 de Mayo respectivamente) donde se dispone:

HABILITAR la apertura de un período de Caza Deportiva de especies de la fauna silvestre en el territorio catamarqueños durante 61 días desde el 16 de Mayo hasta el 26 de Julio de 2009.

ESTABLECER las actividades de caza deportiva los días sábados, domingos y feriados, nacionales y provinciales.

PROHIBIR expresamente la caza nocturna.

AUTORIZAR la Caza Deportiva de las siguientes especies y cupos(piezas permitidas):

PERDICES: Chicas ó Rubita, de Campo ó Montarás y Alas Coloradas: 5 por excursión de uno ómás días;Silbona ó Negrita: 3 por excursión de uno o más días.

CHARATA; (Ortalis canicollis) 2 por excursión de uno ó más días.

TEMPORADA PERMITIDA DURANTE TODO EL AÑO:

COMADREJA:: Overa: 3 por por excursión de uno ó más días.

PALOMAS: Torcaza, 20 por excursión de uno ó más días; Urpilita y Picazuro ó Turca, 10 por excursión de uno ó más días y Mediana ó Tórtola, 50 por excursión de uno ó más días

BIGUÁ: sin límites.

PROHIBIR LA CAZA DE LAS SIGUIENTES ESPECIES:

MAMIFEROS:

Pecarí collarejo ó chancho del monte (foto 1); oso melero y quirquinchos, conejo de los palos, vizcacha, hurones, zorrinos, gato del pajonal, gato montés, zorros, mayuato y corzuela.



Referente al caso del Puma (Puma concolor foto 2) Solamente se permite la caza de control por daños a la actividad ganadera. Para ello, los productores o las personas a que ellos encarguen su control, deberán obtener previamente el Permiso de Caza, y posterior a la caza del ejemplar, un precinto en la Subsecretaría del Ambiente, habilitándose a cazar un ejemplar por excursión. En ningún caso se habilita el uso de trampas, cebos tóxicos o veneno, solo se permite el uso de armas de fuego.



AVES: Perdiz paloma. keus serrano, garzas, patos, cóndores (foto 3) y jotes, águilas, aguiluchos, milanos y gavilanes, carancho, chimango y halcones, pava del monte, gallinetas ó polla del agua, y gallaretas, chuñas, teros, chorlos, paloma nuca blanca, pumpuna, catitas serranas, loro hablador ó de Castilla, pirincho ó quililo, lechuzas y buhos, atajacaminos, picaflorez ó colibries, pájaro carpinteros, trepadores, camineras, horneros, gallitos del cerco, benteveo o quicho, burlistos, golondrinas, urracas, ratonas ó charrascas, calandria, zorzales, mirlos, naranjero, pipiteros, tiapicho, cardenales, rey del bosque, reinamora, jilgueros, brasita, cabecitas negras, tordo músico, etc.

REPTILES: Tortugas, lagartijas, chelcos, Iguana, culebras, lampalagua, víboras ciegas.

ANFIBIOS: Sapos, ranas, escuerzos.

CONSTITUIR como requisitos previos e indispensables para la práctica de la Caza Deportiva el: Contar con el Permiso de Caza Deportiva expedido por la Subsecretaría del Ambiente., exigiendo la presentación de las tarjetas rosa, verde y amarilla del RENAR y el uso obligatorio de la HOJA DE RUTA, certificada por Autoridad Competente( Puestos de Gendarmería, de Policía, Comisarias, y/ó Juzgados de Paz.

El uso de armas deberá cumplir con las siguientes pautas respecto a las distnacxias mínimas de tiro en zona poblada: 500 metros para escopetas, 2.500 metros para carabinas.

A su vez en la Disposición Nº 052/2009 se fijan los montos a cobrar, que ingresarán al Fondo de Conservación de la Fauna:

En Permiso de Caza Deportiva: Residentes en Catamarca $ 60,oo: Residentes de Otras Provincias $ 100,oo y Extranjeros $ 500,oo

En Permiso Anual de Caza Deportiva: para socios de Clubes de Caza de Catamarca $ 50,oo

En Permiso Provisorios de Caza para una excursión de caza de dos días:: Unicamente para personas de otra Provincia y Extranjeros: $ 100,oo y $ 300,oo respectivamente.

MULTAS: Se establecen multas crecientes por Infracciones desde leves a severas con montos que oscilan de 300,oo a 3.000,oo pesos y con suspención por uno, tres, cinco meses, un año ó perpetua del permiso de Caza.

Para mayor información acerca de las especies protegidas, infracciones, penalidades y requisitos para obtener el permiso anual, dirigirse a la SUBSECRETARIA DEL AMBIENTE: Avenida Venezuela S/Nº - Pabellón 8 - C.A.P.E. - Tel. 03833 45900 Int. 2815

(EN CONSTRUCCION)

1 comentario:

Anónimo dijo...

Muy, pero muy importante lo que exponen... sería mas atractivo incorporar mayor cantidad de Fotos ilustrativas, bellos paisajes y fauna esplendida...